Resolución SJP. SG. N° 001/2026

Mesa de Atención a Afiliados y Beneficiarios

Canal oficial de la Caja Mutual UC para la recepción, atención y gestión de las consultas y reclamos formulados por nuestros asociados y beneficiarios, en cumplimiento de la normativa de la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones.

Cumplimiento de la Ley N° 7235/2023

La presente Mesa de Atención se establece conforme a la Resolución SJP. SG. N° 001/2026, dictada por la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones del Paraguay.

Norma Reglamentaria

La Caja Mutual UC pone a disposición de sus afiliados y beneficiarios un Sistema de Atención y Gestión de Reclamos con canales de comunicación claros, accesibles y de registro transparente, en cumplimiento de la Ley N° 7235/2023 "Que reglamenta el rol supervisor del Estado a las Entidades de Jubilaciones y Pensiones, en cumplimiento del Artículo 95 de la Constitución Nacional".

Toda consulta o reclamo presentado por esta vía será recibido, registrado, evaluado y respondido conforme a los plazos y procedimientos establecidos, garantizando una atención adecuada, oportuna y de calidad.

Canales de atención

Disponibles para la presentación de consultas y reclamos por parte de los afiliados y beneficiarios.

Correo Institucional

Confirmación de recepción automática

Líneas Telefónicas

Horario de Atención

07:30 a 18:30 hs

Lunes a Viernes

Cómo presentar un reclamo

El procedimiento garantiza el registro, evaluación y respuesta de cada caso conforme a los plazos reglamentarios.

1

Presentación

Presentá tu consulta o reclamo por cualquiera de los canales habilitados (correo, teléfono o formulario).

2

Confirmación

Recibirás una confirmación de recepción con el registro del caso y los plazos aplicables.

3

Evaluación

El responsable designado evalúa el caso conforme al manual de funciones y procedimientos institucional.

4

Respuesta

Recibirás una respuesta documentada dentro de los plazos establecidos por la entidad.

El proceso de atención de reclamos es totalmente gratuito

Conforme al Artículo 9 de la Resolución SJP. SG. N° 001/2026, ningún cobro será realizado por la recepción, evaluación o respuesta de consultas y reclamos. Si una vez agotada la instancia interna el afiliado considera que persiste la situación que afecta sus derechos, podrá acudir a la Mesa de Atención de la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones.

Presentá tu consulta o reclamo

Completá el formulario y tu mensaje será derivado directamente al responsable designado. Recibirás una confirmación automática de recepción.